1. ¿Qué significa corrupción?

La corrupción existe y ha sido un problema desde el comienzo de la historia humana. La corrupción y la descomposición moral general son vistos como los factores principales que explican la caída del imperio romano, mientras que la reforma protestante surgió en buena parte como respuesta a lo que era percibido como diversas formas de corrupción, entre ellas la venta de indulgencias por parte de la iglesia católica.

En su sentido tradicional, corrupción hace referencia a la impureza moral; la palabra misma deriva del verbo latino que, dependiendo del contexto, significa “arruinar, contaminar, maltratar o destruir”. Pero el concepto de corrupción ha cambiado a lo largo de los siglos y también varía un poco entre diferentes culturas. Ha sido usado en forma amplia para describir cualquier desviación de la norma que se considere impropia; en el pasado, y hasta hoy en países como Irán, eso con frecuencia estaba relacionado con las normas religiosas. Ese significado es raro en el uso contemporáneo, y en la actualidad el término hace referencia principalmente a un comportamiento impropio vinculado con la posición de una persona en el gobierno; ése es el foco del presente libro. Sin embargo, qué es comportamiento impropio, o incluso qué es una posición en el gobierno, son puntos en discusión; los debates sobre qué significa corrupción hoy constituyen un componente esencial de este capítulo.

DEBATES CONTEMPORÁNEOS SOBRE CÓMO DEFINIR LA CORRUPCIÓN

Un importante problema al intentar combatir la corrupción es que los analistas no han logrado ponerse completamente de acuerdo sobre qué es. En un extremo de las opiniones está la muy amplia interpretación de que la corrupción, como la belleza, reside en el ojo de quien la observa; en el otro, está el enfoque legalista, según el cual un acto o una omisión son corruptos sólo si explícitamente se describen como tales en la legislación.

La confusión de las definiciones se puede demostrar mediante dos ejemplos significativos. Primero, no se define corrupción de manera unívoca en lo que las Naciones Unidas consideran como “el único instrumento universal anticorrupción legalmente vinculante”: la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC). Eso se debe en gran parte a que quienes redactaron la UNCAC no pudieron ponerse de acuerdo en una definición. Segundo, la principal organización no gubernamental internacional anticorrupción, Transparencia Internacional, ha utilizado durante la mayor parte de este siglo dos definiciones, pero no se decanta por ninguna. Para su producto más conocido, el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC), hasta 2012 utilizaba la definición que aún hoy es la más comúnmente citada: “el abuso de un cargo público para obtener una ganancia privada”. Esa definición es similar o incluso idéntica a la empleada por muchos otros organismos, como el Banco Mundial. Pero en todos los demás contextos, Transparencia Internacional define la corrupción como “el abuso del poder confiado a alguien para obtener una ganancia privada”. La principal diferencia entre las dos es que la primera exige la participación de un funcionario del Estado, mientras que la segunda, preferida también por Interpol, es más amplia y puede incluir el comportamiento ilícito de, por ejemplo, altos ejecutivos de empresas privadas e incluso la corrupción puramente dentro del sector privado (B2B, o business-to-business; véase la figura 1). En 2012, TI dejó de definir la corrupción para su IPC (aunque, en el reporte del IPC de 2013, “mide los niveles percibidos de corrupción en el sector público”), lo que refleja la confusión general.

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FIGURA 1. B2B (business to business). Algunos prefieren la definición amplia de la corrupción.

Lamentablemente, incluso la primera definición de Transparencia Internacional —la estrecha— se presta a diferentes interpretaciones. El “abuso de un cargo público”, ¿se refiere esencialmente a las incorrecciones económicas —lo que a veces se describe como “corrupción moderna”—, como cometer fraude o aceptar un soborno? ¿O incluye lo que a veces se llama “incorrecciones sociales” —o corrupción “tradicional”—, como nombrar a miembros de la familia (nepotismo) o a amigos y colegas (amiguismo) en cargos públicos cuando no son la persona más calificada para el puesto? Los partidos políticos, especialmente los que no tienen representación en la legislatura, ¿ocupan cargos públicos? Y si no, ¿pueden ser acusados de corrupción en el sentido limitado?

Existe otro problema con la noción de “cargo público”, que se ha venido agravando en las últimas décadas a medida que el neoliberalismo se extendía por todo el mundo. El neoliberalismo es una ideología que aboga por una reducción del papel del Estado y una intensificación del papel del mercado. Una de sus características esenciales es que diluye la distinción entre “lo público” y “lo privado”. Actualmente muchos Estados han tercerizado tareas que antes desempeñaban de manera directa, pero que el público todavía considera como responsabilidad estatal. Por ejemplo, antaño las cárceles eran manejadas de manera exclusiva por el Estado, mientras que en la actualidad un número cada vez mayor de ellas son propiedad de empresas privadas contratadas para ese fin. Si un guardia carcelario empleado por una empresa privada acepta un soborno para contrabandear drogas dentro de una cárcel para uso de los presos, ¿es corrupto de acuerdo con la definición limitada? ¿Esa persona está ocupando un cargo público o uno privado? En nuestra opinión, si los ciudadanos consideran que determinada tarea es finalmente responsabilidad del Estado, el que abusa de ese cargo para obtener ventajas personales o de grupo es corrupto.

También el concepto “ganancia privada” está lejos de ser preciso. Todos están de acuerdo con que un funcionario del Estado que acepta sobornos para enriquecerse es corrupto pero, ¿y los funcionarios de un partido político que aceptan donaciones discutibles para su organización, pero aparentemente no obtienen de ello ningún beneficio personal inmediato? Este ejemplo no es tan claro como el primero y puede haber opiniones diferentes.

A estas alturas debería estar claro que con frecuencia hay justificación para las diferencias tanto al definir la corrupción en general como al decidir si determinada acción u omisión constituye un acto de corrupción. Ahora podemos explorar las razones de esas diferencias.

RAZONES PARA LAS DIFERENTES CONCEPCIONES DE LA CORRUPCIÓN

Una razón de las diferentes interpretaciones de qué es corrupción es la cultura. Aquí podemos definir cultura como las creencias, las actitudes y los comportamientos dominantes en determinada sociedad, que pueden tener relación con su religión principal y con el hecho de que el país haya sido una colonia o una potencia colonial. En suma, la tradición y la historia influyen fuertemente en la cultura.

Un ejemplo de la interpretación cultural de diferentes enfoques de la corrupción es que lo que antes se describía como corrupción “económica” o “moderna” ha sido llamado corrupción “occidental”, mientras que la corrupción “social” o “tradicional” ha sido calificada de “asiática”. Como tantas otras etiquetas en las ciencias sociales, éstas dos son problemáticas y pueden conducir a errores serios. Por ejemplo, algunos sostienen que el patronazgo y el clientelismo son típicos de las sociedades asiáticas, donde —supuestamente— no son vistas como formas de corrupción. Esta afirmación tiene por lo menos dos problemas serios.

Primero, en Asia hay diferentes visiones predominantes sobre si el patronazgo y el clientelismo constituyen o no actos de corrupción; la de Singapur no es igual a la de Camboya, por ejemplo. Pero las opiniones al respecto varían también en Occidente. La mayoría de los especialistas anglófonos y nórdicos sostienen que el clientelismo es una forma de corrupción, pero la mayoría de los especialistas italianos lo niega. De hecho, estudios de opinión en diversos países revelan que incluso la idea de “visiones predominantes” suele ser equívoca. A fines de la década de 1990 y comienzos de la de 2000, el Banco Mundial hizo “encuestas diagnósticas” en varios países, las cuales incluían escenarios imaginarios; los encuestados debían responder si los consideraban ejemplos de corrupción o no: en muchos casos se comprobó que las opiniones de los encuestados estaban profundamente divididas. Por consiguiente, los resultados de las encuestas conducen a dudar de la suposición de que “los rusos” o “los ingleses” tienen una comprensión común de la corrupción.

Además, sólo porque algún portavoz del gobierno del país X afirma que “esto no es corrupción, es simplemente parte de nuestra cultura”, no debemos suponer que la mayoría de los ciudadanos concuerda con ello. De nuevo, las encuestas revelan que muchos ciudadanos consideran que determinada actividad es corrupta, y no la aprueban, pero se sienten impotentes para cuestionar a sus élites, que sostienen que es parte de su cultura solamente para justificar su propio comportamiento dudoso. El segundo —y más convincente— argumento en contra es que hay mucha corrupción “tradicional” en Occidente y en Asia no escasea la corrupción “moderna”.

Ahora podemos considerar un ejemplo de lo que con frecuencia se ve como una diferencia cultural entre cuatro países en términos de sus actitudes hacia los lazos personales. Los cuatro términos examinados son el concepto ruso de blat; el concepto chino de guanxi; el concepto inicialmente estadounidense, aunque cada vez más globalizado, de networking, o sea la creación y el mantenimiento de redes de contactos, y el concepto británico, esencialmente inglés, de old school tie.

El significado del término ruso se ha ido modificando en los últimos años, pero en la época soviética hacía referencia a acuerdos informales entre personas para ayudarse mutuamente a través de intercambios no monetarios; por lo tanto, está cerca del concepto de trueque y era un mecanismo para salir adelante en un sistema en el que había gran escasez de bienes de consumo, tanto duraderos como perecederos. Así, un agricultor podía haber acordado con un electricista el proporcionarle huevos y pollo durante un año a cambio de rehacer la instalación eléctrica de su vieja casa. Pero mientras que el trueque es simplemente una forma de intercambio, blat implica el desarrollo de relaciones personales entre los participantes, ante todo la confianza y un sentido de reciprocidad.

El concepto chino de guanxi también hace referencia a entre los egresados de las escuelas privadas inglesas. [N. de la t.] relaciones que se establecen entre individuos o grupos, y que incluyen obligaciones mutuas, posiblemente a largo plazo, y reciprocidad. Yo puedo desarrollar una amistad o una relación profesional con una persona china, a la que busco ayudar de alguna manera; luego, esa persona se siente obligada a devolver el favor en algún momento en el futuro, tal vez muchos años más tarde... pero no olvidará que me debe un favor.

El concepto cada vez más popular de networking implica la creación de lazos informales con el fin de obtener beneficios para los participantes. Si cultivo la relación con alguien a quien conocí en una convención de negocios o un congreso académico con el objetivo último de obtener ventajas de ese contacto, estoy intentando influir en esa persona con base en una relación (quizá débilmente desarrollada), más que en mis calificaciones. En consecuencia, aunque éste es probablemente el menos criticado de los cuatro tipos de relación informal analizados aquí, también puede ser visto como una forma de corrupción si adoptamos una definición muy amplia del término.

Muchos rechazarían la idea de que el networking tiene algo en común con la corrupción, pero el concepto británico de old school tie o “viejos lazos escolares” es ampliamente criticado: personas que quizá nunca se han encontrado y que sin embargo se privilegian mutuamente con base en el hecho de que asistieron a un grupo de élite de escuelas en el Reino Unido. Imaginemos que A, B y C asistieron a escuelas públicas (así se llaman en el Reino Unido a las escuelas privadas más elitistas). C está buscando empleo y conoce a B, quien convence a A —que nunca ha conocido a C— de que le ofrezca un puesto, a pesar de que C no es la persona más calificada para ese puesto. De los cuatro tipos de relaciones informales que estamos considerando aquí, los “viejos lazos escolares” son el más excluyente: si no asistí a una de las escuelas de élite, no hay manera de que pueda entrar alguna vez al grupo. Ésta es una distinción importante entre los primeros tres tipos de relaciones y éste, que es el más cercano a ser considerado una forma de corrupción.

Lo más importante a observar sobre estas cuatro versiones de los lazos informales es que, si bien cada una es distinta y culturalmente específica, también tienen características en común. Las cuatro implican la creación de un grupo “de adentro” y uno “de afuera”, con privilegios para los de adentro. Las cuatro son vistas como corruptas por algunos miembros de la sociedad, aunque la proporción de británicos que consideran que los “viejos lazos escolares” son impropios es mucho más elevada que la de chinos que criticarían el guanxi o la de estadounidenses que cuestionarían el networking. En suma, las diferencias culturales existen, pero con frecuencia se exageran.

Por supuesto que si aceptamos la definición estrecha ninguna de ellas constituye corrupción, a menos que en la relación participe un funcionario del Estado. Pero adoptar la definición más amplia deja la puerta abierta para describir como corrupta toda clase de relaciones entre personas, incluso la amistad; ésa es una de las razones por las que en este estudio he preferido el enfoque más estrecho para definir la corrupción.

Además de los factores culturales, otro problema surge porque diferentes jurisdicciones trabajan con diferentes definiciones de corrupción. Esto se puede vincular con las diferencias culturales y en parte éstas lo explican, pero hay otras razones. La principal es que la situación legislativa varía. Eso podría deberse a que los legisladores han sido aconsejados por diferentes especialistas. En las sociedades más abiertas y democráticas, la legislación puede ser resultado de transacciones entre diversos grupos, tanto dentro como más allá del parlamento, y la particular permutación de los distintos intereses es exclusiva de cada sociedad. Esta explicación probablemente es menos aplicable en sistemas autoritarios. Pero usualmente esos sistemas son más corruptos que los más democráticos y en ellos las élites gobernantes con frecuencia escogen no tener legislación explícitamente anticorrupción —y por lo tanto no tener una definición legal— o tener una legislación deliberadamente vaga: quieren conservar sus posiciones de privilegio y prefieren no introducir leyes que podrían ser utilizadas para socavarlas.

Finalmente, los analistas a veces escogen definiciones estrechas de la corrupción por razones metodológicas. Así, para uno de sus análisis, un estudioso alemán optó por definir la corrupción principalmente como sobornos, porque era más sencillo conceptualizarla de esa manera que incluir aspectos mucho más discutidos, como la corrupción social.

CLASIFICACIONES DE LA CORRUPCIÓN

Antes de elaborar el enfoque de la corrupción predominante en este libro, vale la pena considerar algunas de las formas en que los analistas han clasificado los diferentes tipos de corrupción.

En línea con la idea de que las opiniones de la mayoría de los ciudadanos podrían ser diferentes de las de las élites, el estudioso al que a menudo se considera como el abuelo de los estudios comparativos sobre la corrupción, Arnold Heidenheimer, trazó una distinción útil entre lo que llamó corrupción “negra”, “blanca” y “gris”. Con base en su conocimiento de que la élite y los ciudadanos comunes a veces perciben los fenómenos de distinta manera, Heidenheimer definió la “corrupción negra” como actividades que la mayoría tanto de la élite como de la masa condenan y quieren ver castigadas, mientras que la “corrupción blanca” se refiere a actividades que, aunque también son percibidas formalmente como corrupción, son más o menos toleradas por ambos grupos, por lo que no quieren ver castigados a quienes las cometen. La “corrupción gris” incluye actividades sobre las cuales la élite y el público general tienen opiniones diferentes, incluyendo la ambivalencia, incluso dentro de cada uno de esos grupos.

Otra distinción tripartita trazada por Heidenheimer es entre los enfoques de la corrupción centrados en el cargo público, centrados en el mercado o centrados en el interés público. La primera enfoca la corrupción como un comportamiento que se desvía de lo que se espera de quien ocupa un cargo público, y eso se explica en términos del deseo de ese funcionario de obtener un beneficio personal impropio. Los enfoques centrados en el mercado interpretan la corrupción en términos de funcionarios públicos que tratan sus cargos como fuentes de ingresos o como negocios privados. Lo que pueden ofrecer y lo que cobran (por ejemplo, cuánto pueden exigir como soborno) depende de la oferta y la demanda del bien o el servicio que ofrecen, es decir de una situación de mercado. Finalmente, el enfoque centrado en el interés público apunta al perjuicio causado al público por el comportamiento egoísta e impropio de los funcionarios públicos.

Una tercera distinción que suele hacerse es entre la corrupción “herbívora” y la “carnívora”. Esos términos fueron acuñados por la Comisión Knapp en su informe de comienzos de la década de 1970 sobre la corrupción en el Departamento de Policía de Nueva York. El primero se refiere a oficiales que aceptarían un soborno si se lo ofrecieran, mientras que el segundo se refiere a una corrupción más voraz, en la que los oficiales efectivamente solicitan el soborno; también se suele llamar a la primera forma corrupción “reactiva”, mientras que la segunda es “proactiva”. Otro enfoque relacionado con éste es el que distingue entre corrupción “extorsiva” y corrupción “transactiva”. En la primera, el sobornado ejerce presión sobre alguien para que dé un soborno, lo que básicamente se asimila a comer carne. En la segunda, los dos agentes (el que acepta el soborno o los favores y el que los da) son más iguales: ambos son básicamente socios dispuestos que negocian un trato.

En muchos documentos oficiales se encuentra una distinción que inicialmente parecería hacer referencia a los mismos fenómenos de “herbivorismo” y “carnivorismo”, porque “pasiva” parece una forma alternativa de describir el primero y “activa” otro término para el segundo, pero no es así como se usan esos términos. El primero usualmente describe el acto de ofrecer un soborno, mientras que el segundo se refiere a aceptarlo. Ese uso es problemático, porque las connotaciones de los términos activo y pasivo en esa aplicación hacen pensar que el que recibe el soborno —un funcionario— es menos responsable del acto impropio que el que puede llamarse “donante”. Así, en esta clasificación, el oficial de policía que sugiere que la multa por exceso de velocidad podría no imponerse si mediara un soborno sería pasivamente corrupto, mientras que el automovilista sería activamente corrupto.

Se podría afirmar que el uso de esos términos es más aceptable si se aplica, por ejemplo, a una empresa que ejerce presión sobre un encargado de compras hasta entonces honrado para que acepte un soborno, pero puede inducir a error en los casos en que un funcionario gubernamental extorsiona a un ciudadano o un negocio para obtener dinero. Además, si se acepta que los funcionarios deberían dar un ejemplo para los ciudadanos comunes e incluso para el sector empresarial, se ve claramente por qué esta terminología induce a confusión.

Una quinta distinción es entre corrupción “pequeña” (o de bajo nivel) y corrupción “grande” (de alto nivel o de élite). La primera sería el tipo de corrupción que el ciudadano común puede encontrar en su vida cotidiana, por ejemplo al conducir un automóvil o cuando solicita un permiso para ampliar su casa. La corrupción grande, como su nombre lo indica, es la corrupción a nivel de las élites, como los políticos que aprueban leyes que benefician a un grupo que los ha sobornado, o un ministro que autoriza la iniciación de un proyecto en contra de las recomendaciones de sus asesores e incluso contra alguna ley, de nuevo a cambio de un soborno. Si se acepta la definición más amplia de la corrupción (es decir la que incluye la mala conducta egoísta dentro del sector privado), muchos casos estarían en el nivel de las empresas y por lo tanto más cerca de la corrupción grande.

Siguiendo líneas algo similares, desde el año 2000 el Banco Mundial distingue entre “corrupción administrativa (o burocrática)” y “captura del Estado”. Esto último ha sido descrito por Joel Hellman y Daniel Kaufmann, ambos funcionarios del Banco Mundial en aquel momento, como “una forma de corrupción grande” (las cursivas son mías); en el año 2000, junto con Geraint Jones, también del Banco Mundial, definieron así la captura del Estado: “empresas que definen y afectan la formulación de las reglas del juego a través de pagos privados a políticos y funcionarios públicos” (las cursivas son mías).

Desde que este término fue acuñado, otros analistas han extendido su uso para incluir, por ejemplo, los esfuerzos del crimen organizado por influir en la legislación. Hellman, Jones y Kaufmann definieron la “corrupción administrativa” como “formas ‘pequeñas’ de soborno asociadas con la instrumentación de leyes, normas y regulaciones” (las cursivas son mías). Desde entonces, muchos analistas han extendido aún más el uso de este término, de manera que cualquier acción u omisión impropia relacionada con la instrumentación de las normas puede ser considerada corrupción administrativa.

Igual que ocurría con los términos activo y pasivo, un inconveniente de la noción de “captura del Estado” es que se puede interpretar en el sentido de que quienes ofrecen sobornos son más culpables que quienes los aceptan. Los funcionarios del Banco Mundial que originalmente promovieron los conceptos insisten en que ésa no era su intención; lo que les preocupa particularmente son los funcionarios estatales que aceptan esos sobornos. Pero la posibilidad de que hubiera malentendidos se habría reducido si hubieran adoptado un término que enfocara la atención en los funcionarios corruptos, algo como “entrega del Estado” en lugar de “captura del Estado”.

Rasma Karklins ha producido una tipología más compleja que la del Banco Mundial. Teniendo en mente principalmente los Estados poscomunistas en transición (en referencia a la transición de un tipo de autoritarismo ya sea a la democracia o a otro tipo de autoritarismo) de Europa central y del este, esta autora divide los actos de corrupción en tres tipos básicos, cada uno de los cuales a su vez se subdivide: corrupción administrativa de bajo nivel, vaciamiento de activos egoísta por parte de los funcionarios y captura del Estado por redes de corrupción.

Los tipos uno y tres son básicamente los mismos del Banco Mundial, pero el segundo tipo de Karklins es una aportación importante y se puede encontrar en los últimos años en muchos países en transición. Así, los estudiosos de los Estados poscomunistas suelen hablar de “privatización de la nomenklatura”. Fue un proceso común en muchos países de Europa central y del este durante la década de 1990, en que las antiguas élites de la era comunista —la nomenklatura— pudieron obtener diversas ventajas éticamente dudosas en varias formas (por ejemplo, sobornos a encargados de compras o compras directas a precios irrisorios) en la venta de empresas que eran propiedad del Estado.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Hay muchos fenómenos que coinciden con la corrupción o se le parecen mucho. Como el propio concepto de corrupción es objeto de debate y puede ser interpretado en forma estrecha o amplia, es evidente que algunos distinguirán entre conceptos relacionados muy de cerca mientras que otros querrán verlos como variaciones de la propia corrupción. Teniendo esto presente, las distinciones que siguen introducirán a los lectores a los principales términos que suelen considerarse relacionados con la corrupción.

Sobornos y corrupción

En lengua inglesa se suele hablar en conjunto de bribery and corruption, “soborno y corrupción”, lo que en sí implica que están conectados muy de cerca. Pero, como quedó claro en lo dicho más arriba sobre la corrupción social, ésta puede ocurrir en forma de relaciones profesionales impropias —favoritismo en una forma u otra— y por consiguiente no necesita incluir algún tipo de soborno. Además, algunos funcionarios públicos aprovechan su cargo para desviar fondos del Estado; ésa es otra forma de corrupción que no incluye soborno. Y por el contrario, el soborno puede ocurrir totalmente dentro del sector privado, lo cual constituye corrupción en el sentido amplio, pero no en el sentido estrecho.

Sobornos y regalos

Uno de los problemas más delicados para decidir si determinada conducta constituye un acto de corrupción es cómo distinguir un regalo de un soborno. En muchas culturas asiáticas, un regalo no sólo no es visto como un soborno sino que no aceptarlo, o tratarlo como tal, puede ser un insulto. Éste es un ejemplo de diferencia cultural; en la mayoría de los países asiáticos no sólo las élites sino también la mayoría de los ciudadanos creen que es cortés y apropiado mostrar hospitalidad haciendo un regalo al visitante. Por el contrario, muchos occidentales tienen reservas en relación con aceptar regalos. Este punto, como ocurre con mucha frecuencia al tratar de fijar límites adecuados a la corrupción, no se puede ver simplemente en términos de blanco y negro. Además, los occidentales a veces son hipócritas sin darse cuenta sobre esto: muchos administradores que critican o se sienten incómodos con los “regalitos” asiáticos en cambio consideran apropiado dar presentes a sus asistentes personales en navidad como una forma de mostrar su aprecio por el trabajo duro y la lealtad durante el último año. Pero si no puede haber una solución definitiva sobre este punto, en la mayoría de los casos podemos distinguir con bastante claridad entre un regalo y un soborno, considerando una lista de seis variables:

1. La intención del que da. La persona que hace el “regalo”, ¿espera algo a cambio, implícita o explícitamente? Si la respuesta es no, el término soborno —y por consiguiente la posibilidad de corrupción— no es aplicable.

2. La expectativa del que recibe. La persona que recibe el “regalo”, ¿espera tener que corresponder de alguna manera? Si la respuesta es no, es mucho menos probable que el recibir un regalo constituya un acto de corrupción.

3. La oportunidad del “regalo”. Si el solicitante —por ejemplo, alguien que quiere conseguir un permiso para construir un nuevo conjunto inmobiliario— ofrece un “regalo” al funcionario encargado antes de que éste haya tomado una decisión, es casi seguro que constituye un soborno. Si el regalo es ofrecido después que se ha tomado la decisión definitiva y no hay insinuación previa del suplicante de que una respuesta positiva a la solicitud podría acarrear una recompensa, entonces es menos probable que el regalo constituya un soborno.

4. El valor del “regalo”. Es evidente que regalarle una manzana a la maestra es muy diferente de regalarle un Mercedes Benz nuevo. En realidad la diferencia es de grado, no cualitativa. Sin embargo, un número cada vez mayor de Estados y organizaciones internacionales ahora reconocen que la diferencia de grado es tan grande que es necesario distinguir entre los dos actos. Sin embargo, trazar esa línea divisoria puede ser problemático; volveremos sobre este tema en el capítulo 6.

5. La perspectiva legal